Micelio

Artículo 2

De La Ley 2

Decreto 700 de 1973 · Por el cual se señalan las asignaciones de los Ministros del Despacho, los Jefes de Departamentos Administrativos y el Contralor General de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del primero de junio de mil novecientos setenta y tres y para su vigencia deberá ser sometido a la consideración de la. Junta Consultiva creada por el artículo 2.° de la Ley 2.ª de 1973. Comuníquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 700 de 1973