Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.1.8.9. Garantía del debido proceso. En el proceso administrativo sancionatorio se garantizarán las formas propias de toda actuación administrativa en los términos del artículo 3 de la Ley 1437 de 2011.
En todo caso se tendrá en cuenta la no Reformatio Impejus en virtud de la cual, en ningún caso se hará más gravosa la sanción al investigado.
(Decreto 3366 de 2003, artículo 9°).
TEXTO CORRESPONDIENTE A