Funciones. Serán funciones de los Comités Locales de Prevención y Protección de los Derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento las siguientes
Formular un plan de trabajo de acuerdo con las directrices y lineamientos impartidos por la Comisión Nacional de Prevención y Protección de los Derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento.
Elaborar y evaluar los informes de riesgo, activar medidas oportunas, coordinadas y eficaces para prevenir las vulneraciones a los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y remitir a la Comisión Nacional tales informes.
Diseñar, implementar y evaluar las estrategias de prevención y protección a nivel territorial a favor de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y llevar a cabo las siguientes actividades: formular planes de prevención, protección y contingencias frente a los escenarios de riesgo identificados; realizar un proceso permanente de identificación de riesgos; facilitar y velar por la implementación de los planes de prevención y de protección por parte de las entidades responsables, hacer seguimiento a la implementación de los mencionados planes y realizar los ajustes a los mismos cuando se requiera; y generar espacios de trabajo entre las autoridades y los sectores sociales y las autoridades e instancias indígenas directamente concernidas, en aras de mejorar los procesos de gestión preventiva del riesgo de vulneraciones de derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento.
Preparar insumos o elaborar propuestas para la aprobación de la Comisión Nacional que permitan la incorporación de estándares y obligaciones internacionales en materia de garantía, prevención y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento.
Definir las estrategias para la planificación, gestión y asignación de los recursos necesarios que garanticen su funcionamiento.