Micelio

Artículo 18

Ingreso Al Escalafón

Decreto 613 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ingreso al escalafón. El ingreso al escalafón de Oficiales se hace en el grado de Subteniente y al de Suboficiales en el grado de Cabo Segundo, salvo las excepciones contempladas en los artículos 21, 24, 25 y 29 de este estatuto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 613 de 1977