El Ministerio de Guerra establecerá la forma y condiciones para la expedición de salvoconductos para la tenencia y porte de armas destinadas a la defensa de los campesinos, de su domicilio y sus familias, teniendo en cuenta sus antecedentes personales.
Decreto 12 de 1959 →Vigente
Artículo 31
El Ministerio De Guerra Establecerá La Forma Y Condiciones Para La Expedición De Salvoconductos Para La Tenencia Y Porte De Armas Destinadas A La Defensa De Los Campesinos, De Su Domicilio Y Sus Familias, Teniendo En Cuenta Sus Antecedentes Personales
Decreto 12 de 1959 · Por el cual se dictan normas tendientes a procurar rápida y eficaz administración de justicia en lo penal, en los Departamentos donde subsistente el estado de sitio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.