Micelio

Artículo 1

Decreto 463 de 1951 · Por el cual se confiere una autorización al Alcalde Municipal de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Autorízase al Municipio de Bogotá para eximir a la Liga Antituberculosa Colombiana del pago de los derechos que exige el Acueducto Municipal para la instalación del servicio de acueducto en el edificio distinguido con el número 1-92 de la calle 19 de esta ciudad, de propiedad de dicha Liga. En receso del Concejo Municipal, facúltase al Alcalde de Bogotá para dar cumplimiento al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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