Como indemnización a los Departamentos por la disminución que pueda sufrir el producto de la renta de licores, se les cede desde el 1º de junio de 1928, el impuesto de consumo sobre los Artículos de producción nacional que actualmente cobra la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.