Micelio

Artículo 4

El Gobierno Podrá Fijar A Los Consulados De La República Una Partida Especial Para Atender Los Servicios Y Gastos De Sostenimiento De Las Oficinas

Decreto 66 de 1967 · Por el cual se señalan normas sobre arrendamiento y sostenimiento de los Consulados de la República y se reglamenta el pago de las partidas correspondientes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno podrá fijar a los Consulados de la República una partida especial para atender los servicios y gastos de sostenimiento de las oficinas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 66 de 1967