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Artículo 27

Para Los Gastos De Útiles De Escritorio Y Alumbrado, Los Habilitados Formarán Libranza Separada El 1

Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los gastos de útiles de escritorio y alumbrado, los Habilitados formarán libranza separada el 1.° de cada mes, la cual llevará las mismas firmas que las referentes á sueldos y raciones del personal ; y para los gastos de jabón se girará una libranza el día último de cada mes, con los mismos requisitos, tomando por base para su formación el personal efectivo en dicho día ( Modelos números 9 y 10 ).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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