Micelio

Artículo 7

En Las Empresas Industriales De Transformación, De Hotelería Y De Minería, Se Considera Como Período Improductivo El Comprendido Por Las Siguientes Etapas: A) Prospectación; B) Construcción, Instalación Y Montaje; C) Ensayos Y Puesta En Marcha

Decreto 353 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1983 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En las empresas industriales de transformación, de hotelería y de minería, se considera como período improductivo el comprendido por las siguientes etapas

a)

Prospectación;

b)

Construcción, instalación y montaje;

c)

Ensayos y puesta en marcha. En la industria de construcción y venta de inmuebles se considera como período improductivo el comprendido por las etapas de: a) Prospectación; b) Construcción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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