º Los turnos de permanencia y de disponibilidad inmediata serán atendidos por el juez y el empleado que el mismo funcionario designe. Si el empleado escogido no fuere el secretario titular del juzgado, aquel actuará como secretario ad hoc.
Decreto 1229 de 1985 →Vigente
Artículo 5
º Los Turnos De Permanencia Y De Disponibilidad Inmediata Serán Atendidos Por El Juez Y El Empleado Que El Mismo Funcionario Designe
Decreto 1229 de 1985 · Por el cual se reglamenta el artículo 3º de La Ley 55 de 1984.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.