Micelio

Artículo 4

º Tramite Del Registro Sanitario Especial

Decreto 2306 de 1987 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos V y VI de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a la importación y venta de bebidas alcohólicas, alimentos y cosméticos en unos Puertos Libres.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º TRAMITE DEL REGISTRO SANITARIO ESPECIAL . Para la obtención del Registro Sanitario Especial el interesado deberá presentar, ante el Servicio Seccional de Salud, conjuntamente con la solicitud, los siguientes documentos

a)

Certificado de venta libre del producto, expedido por la autoridad sanitaria competente del país desde el cual se importa, o del país de origen;

b)

Certificado de constitución y representación legal del importador, cuando se trate de persona jurídica, o registro mercantil, si es persona natural;

c)

Poder, si fuere el caso;

d)

Recibo de pago de los derechos de registro y de análisis que se consignarán en la Tesorería del respectivo Servicio de Salud.

Parágrafo 1

Los derechos de registro y de análisis de cada producto serán fijados mediante Acuerdo de la Junta del Servicio Seccional de Salud y deberán consultar la situación socio-económica de los respectivos territorios. El Acuerdo se someterá a la aprobación del Ministerio de Salud.

Parágrafo 2

A partir de la fecha de recibo de la solicitud, el Servicio Seccional de Salud dispondrá de quince días hábiles para resolver.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2306 de 1987