Juntas de Títulos de Profesor Militar . Los Comandos a que se refiere el artículo anterior, contarán con las siguientes Juntas de Títulos de profesor militar, para el otorgamiento de los respectivos títulos, conformadas por: a) A nivel Comando General de las Fuerzas Militares
Jefe del Estado Mayor Conjunto.
Inspector General de las Fuerzas Militares.
Jefe de Educación y Doctrina del Ejército, Jefe de Desarrollo de Recurso Humano de la Armada y Jefe de Educación Aeronáutica de la Fuerza Aérea.
Jefe del Departamento D-3 del Estado Mayor Conjunto.
Jefe de la División de Instrucción y Entrenamiento del Departamento D-3 del Estado Mayor Conjunto, quien, actuará como Secretario. b) A nivel Comando de Fuerza: 1. Segundo Comandante de la respectiva Fuerza. 2. Inspector de la respectiva Fuerza. 3. Jefe de Recursos Humanos o de Desarrollo Humano de la Fuerza a la que pertenece el solicitante. 4. Jefes o Directores de Instrucción y Entrenamiento del Ejército, Armada Nacional y Fuerza Aérea. 5. Subjefe de la Dirección de Instrucción y Entrenamiento del Ejército, Jefe de la División de Educación Naval de la Armada Nacional y Jefe de la Sección de Instrucción de la respectiva Jefatura de la Fuerza Aérea, quienes actuarán como Secretarios.