Cuando el organismo deportivo se administre por un presidente, la persona elegida deberá tener experiencia administrativa no inferior a dos (2) años en cargos de dirección y organización y haber estado vinculada como dirigente en actividades deportivas durante el mismo período. El presidente podrá delegar bajo su responsabilidad algunas de sus funciones en los miembros del Comité asesor.
Decreto 380 de 1985 →Vigente
Artículo 24
Decreto 380 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984, y se dictan disposiciones sobre organizaci?n deportiva
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.