Micelio

Artículo 3

Entiéndese Por Especulación Indebida: A) La Venta Por Encima De Los Precios Fijados Por La Superintendencia De Regulación Económica; B) La Venta A Precios Superiores A Los Comunicados A La Superintendencia De Regulación Económica Por Industriales O Fabricantes Cuando Aquella Entidad No Los Haya Fijado; C) La Venta A Precios Superiores A Los Fijados Por Los Industriales O Fabricantes Para El Consumidor Final; D) La Venta A Precios Superiores A Los Corrientes En Determinada Plaza De La Misma Época; E) El Fraude En Las Pesas, Medidas, Calidades Y Procedencia Anunciadas; F) En Casos Distintos De Los Anteriores, La Obtención De Ganancias Exorbitantes, A Juicio De La Superintendencia De Regulación Económica, Y G) En General, La Contravención A Cualquier Disposición Que Dicte La Superintendencia De Regulación Económica Sobre Precios, Descuentos, Porcentajes De Utilidades, Actos De Competencia Desleal O Sobre Cualquier Acto De Comercio

Decreto 1479 de 1963 · Por el cual se dictan medidas sobre acaparamiento, especulación y precios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Entiéndese por especulación indebida

a)

La venta por encima de los precios fijados por la Superintendencia de Regulación Económica;

b)

La venta a precios superiores a los comunicados a la Superintendencia de Regulación Económica por industriales o fabricantes cuando aquella entidad no los haya fijado;

c)

La venta a precios superiores a los fijados por los industriales o fabricantes para el consumidor final;

d)

La venta a precios superiores a los corrientes en determinada plaza de la misma época;

e)

El fraude en las pesas, medidas, calidades y procedencia anunciadas;

f)

En casos distintos de los anteriores, la obtención de ganancias exorbitantes, a juicio de la Superintendencia de Regulación Económica, y

g)

En general, la contravención a cualquier disposición que dicte la Superintendencia de Regulación Económica sobre precios, descuentos, porcentajes de utilidades, actos de competencia desleal o sobre cualquier acto de comercio.

Parágrafo

La no expedición de facturas comerciales, la consignación de afirmaciones inexactas en las mismas o la cotización en las circunstancias comprendidas en los literales a), b), c) y d) de este artículo, hace presumir ánimo de especulación que deberá ser investigado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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