La Dirección Nacional de Bellas Artes tendrá bajo su inmediata inspección la Escuela Nacional del Ramo, y con respecto a ella tendrán las siguientes atribuciones:
Revisar los reglamentos y someterlos a la aprobación del Ministro de Instrucción Pública;
Vigilar porque se cumplan dichos reglamentos;
Refrendar los diplomas de Profesores de Dibujo que expida la Escuela a los alumnos que reúnan las condiciones prescritas en los reglamentos;
ch) Fundar concursos anuales en los respectivos cursos de la Escuela y organizar exposiciones en donde se exhiba el resultado de los concursos;
Organizar cada año, en la época de la reunión del Congreso, una exposición nacional de Bellas Artes;
Nombrar, de acuerdo con el Rector y cuerpo de Profesores, un Jurado compuesto de seis personas competentes que califiquen el mérito de las obras expuestas en el concurso anual de la Escuela y en la Exposición Nacional, y atribuya premios a las obras sobresalientes.