Micelio

Artículo 14

Decreto 1179 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de las Inspecciones Fluviales. Las Inspecciones Fluviales cumplirán las siguientes funciones

1.

Administrar y controlar los puertos fluviales y las vías fluviales a cargo del Ministerio de Transporte en su jurisdicción.

2.

Cumplir y velar por el cumplimiento de las normas sobre navegación fluvial.

3.

Ejecutar las políticas en materia de tarifas de transporte de pasajeros y carga, tarifas por uso de la vía e infraestructura fluvial y por servicios prestados por la autoridad fluvial.

4.

Coordinar con las autoridades correspondientes, la aplicación de las políticas de control fluvial en los ríos navegables y puertos fluviales de su jurisdicción.

5.

Ejecutar las políticas en materia de tarifas de transporte de pasajeros y carga para embarcaciones menores.

6.

Presentar a consideración del Subdirector de Operación Fluvial, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia en el año inmediatamente siguiente.

7.

Las demás que les sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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