º FUNCIONES DE LAS UNIDADES TECNICAS. Además de su función de apoyo al Coordinador Regional de que trata el
del artículo 7º de la Ley 76 de 1985, las Unidades Técnicas asesorarán a los Comités Técnicos Regionales y con base en sus directrices cumplirán las siguientes funciones
Preparar y realizar los estudios sectoriales y globales que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos señalados legalmente a la respectiva región de planificación, para su presentación al Comité Técnico y al Consejo Regional;
Elaborar los anteproyectos del Plan Regional de Desarrollo, de asignaciones del gasto de inversión de los recursos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional y de los Acuerdos de gastos y flujo de fondos, para su presentación al Comité Técnico y al Consejo Regional;
Formular y diseñar los mecanismos de coordinación de la actividad de los organismos de planeación de las entidades territoriales que conformen la región, a fin de garantizar coherencia en las relaciones interinstitucionales entre los niveles administrativos nacional, departamental, intendencial comisarial y municipal, especialmente en lo relativo a la adecuación de la planeación regional con los objetivos del Plan Nacional y con el fin de cumplir las finalidades para las cuales fueron organizadas las regiones de planificación;
Realizar actividades de seguimiento, evaluación y control de los programas y proyectos financiados con recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional y de los de carácter regional ejecutados por otras entidades públicas con recursos del Presupuesto Nacional de Gastos de Inversión;
Preparar los términos de referencia de los estudios que hayan de contratarse y realizar la interventoría según el caso;
Organizar un Banco de Proyectos Regionales que permita programar las inversiones necesarias, de acuerdo con las posibilidades de las entidades ejecutoras;
Preparar los informes que deban presentarse al Comité Técnico y al Consejo Regional sobre el cumplimiento de los programas y proyectos regionales;
Asesorar a las entidades territoriales en el diseño y aplicación de las políticas, estrategias, planes y programas y especialmente, en la formulación de los planes de desarrollo;
Participar en la elaboración de las solicitudes de crédito interno y externo que comprometan recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional, y evaluar la ejecución de los programas y proyectos así financiados, que podrán ser presentados al Comité Técnico y al Consejo Regional;
Prestar los servicios administrativos Internos de la Unidad;
Las demás que le fije el Consejo Regional.