Micelio

Artículo 22

De La Integración Del Consejo Superior Del Servicio Civil

Ley 13 de 1984 · por la cual se establecen normas que regulan la administración del personal civil y demás servidores que prestan sus servicios en la Rama Ejecutiva del Poder Público en lo nacional y se dictan disposiciones sobre el régimen de Carrera Administrativa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Superior del Servicio Civil estará integrado por una representación paritaria de los partidos liberal y conservador y de él harán parte, el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, el Director de la ESAP-Escuela de Administración Pública, un representante de los empleados elegidos con su suplente mediante sufragio universal y secreto; y cuatro representantes del Congreso Nacional elegidos por cada Cámara en forma paritaria.

Para el trámite de sus asuntos, el Consejo tendrá un comité asesor integrado por profesionales nombrados por el Presidente de la República.

Parágrafo

Los representantes del Congreso Nacional, como los miembros del comité asesor deberán reunir calidades para ser Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1984