Micelio

Artículo 16

Decreto 1659 de 1974 · Por el cual se fija el sistema de clasificación y remuneración para el personal profesional del área técnico científica del Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud y se dictan otras disposiciones pertinentes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo decimosexto. Las normas sobre clasificación y remuneración que se establecen por el presente Decreto se aplicarán a partir de su vigencia a la planta de personal determinada por el Acuerdo número 002 de 1974, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud y aprobado por el Decreto 506 de 1974, conservando el número y denominación de los empleos y sin tener en cuenta las clases y grados de remuneración, en lo referente a los cargos del área técnico científica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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