Micelio

Artículo 11

Decreto 2517 de 1999 · por el cual se reglamenta la conformación de los Consejos Ciudadanos de Control de Gestión y de Resultados de la Inversión Pública, establecidos en el Capítulo II, artículo 4° de la Ley 508 del 29 de julio de 1999

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos. Son requisitos para ser miembro de los Consejos Ciudadanos de Control de Gestión y de Resultados de la Inversión Pública, los siguientes

1.

Ser ciudadano colombiano en ejercicio.

2.

No haber sido sancionado fiscal o disciplinariamente.

3.

No haber sido condenado, excepto por delito político o culposo.

4.

No ostentar la calidad de servidor público, ni tener vínculo contractual con el Estado al momento de su postulación, ni durante los seis meses anteriores a la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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