Son funciones de la Sección "Casa de Moneda e Imprenta de Billetes": a). Revisar diariamente la contabilidad; b). Revisar el balance mensual; c). Revisar el Estado de Pérdidas y Ganancias; d). Analizar el costo de producción de moneda metálica; e). Efectuar inventarlos periódicos de los elementos de acuñación y materia prima; f). Supervisar la entrega de moneda y otras especies al Banco de la República; g). Controlar el papel de seguridad y billetes defectuosos para incinerar; h). Revisar los envíos de especies al Banco y Sucursales; i). Efectuar, en bóveda, el inventarlo de billetes fabricados; j). Vigilar la incineración de los sobrantes del papel de seguridad; y k). Las demás que le asigne el Jefe de la División. Sección de Visitas Generales
Decreto 125 de 1976 →Vigente
Artículo 30
Decreto 125 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.