Micelio

Artículo 4

Decreto 3169 de 1968 · por el cual se reorganiza el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Dirección del Departamento Administrativo de Seguridad es función y responsabilidad del Jefe del mismo, quien las ejercerá con la inmediata colaboración del Secretario General.

El Jefe del Departamento es la primera autoridad administrativa y técnica del mismo.

Las ausencias ocasionales del Jefe del Departamento, serán suplidas por el Secretario General, o en circunstancias especiales por uno de los Jefes de División, de acuerdo con el siguiente orden de prelación: Orden Público, Extranjería, Policía Judicial, Seguridad Rural, Laboratorios e Identificación y Personal. Esta designación la hará el Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad comunicándola inmediatamente al Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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