Micelio

Artículo 4

Ley 91 de 1944 · Por la cual se auxilia el acueducto y la planta eléctrica del Municipio de Puerto Colombia (Departamento del Atlántico)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La nación contribuye con la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00) para la obra del acueducto del Municipio de Sabanalarga (Departamento del Atlántico), obra ya contratada entre el departamento precitado y la nación. Dicha suma será incluida en el presupuesto de gastos de la próxima vigencia, bien sea este liquidado por el congreso o por el gobierno. igualmente la nación contribuye con la suma de cuarenta mil pesos ($40.000.00) para la obra del acueducto del Municipio de Baranoa, en el mismo Departamento, debiendo procederse en materia de inclusión de la suma destinada, en la misma forma como se ordena para el Municipio de Sabanalarga.

Parágrafo

En lo referente a la obra para el Municipio de Baranoa (Atlántico), dispónese que del reparto correspondiente al departamento citado para el Fondo de Fomento Municipal, será tomada en cuenta, con prelación, la obra de este acueducto, mediante los trámites correspondientes para el cupo de 1945.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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