°. Corresponde a la División de Inspección ejercer la facultad de inspección de las sociedades sometidas a control de la Superintendencia. En desarrollo de esta facultad, la División adelantará las siguientes funciones, a través de las secciones especializadas que conforme al artículo 10 la constituyen
Constatar si las sociedades sujetas a vigilancia de las Superintendencia se ajustas en su funcionamiento a las disposiciones legales a sanas prácticas contables, y
Ejecutar los análisis contables de los balances que las sociedades remitan periódicamente a la Superintendencia en cumplimiento de las disposiciones legales y solicitar las explicaciones, correcciones y adiciones necesarias.