Micelio

Artículo 10

Igualmente La Comisión De Sueldos De Retiro Impondrá Multas Sucesivas De Valor De Un Peso ($ 1) Por Cada Vez, A Los Contadores Pagadores Cuyas Relaciones Del 2 Por 100 Lleguen A La Sección Respectiva Con Errores Numéricos, O De Liquidación O De Suma, O Con Otra Clase De Errores O Irregularidades, Como Falta De Orden Alfabético Dentro De Los Grados, Novedades Sin Anotar O Defectuosamente Anotadas En Las Observaciones; Inclusión De Individuos Que No Deben Relacionarse, Descuentos A Suboficiales Que Han Pasado A Otras Unidades, Falta De Alguna De Las Firmas Reglamentarias Y Falta De Anotación Del Mes Correspondiente O De La Unidad O Repartición De Procedencia

Decreto 1140 de 1937 · Por medio del cual se reglamenta el artículo 17 de la Ley 3a de 1937, en relación con otras disposiciones de la misma Ley

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Igualmente la Comisión de Sueldos de Retiro Impondrá multas sucesivas de valor de un peso ($ 1) por cada vez, a los Contadores Pagadores cuyas relaciones del 2 por 100 lleguen a la Sección respectiva con errores numéricos, o de liquidación o de suma, o con otra clase de errores o Irregularidades, como falta de orden alfabético dentro de los grados, novedades sin anotar o defectuosamente anotadas en las observaciones; inclusión de individuos que no deben relacionarse, descuentos a Suboficiales que han pasado a otras unidades, falta de alguna de las firmas reglamentarias y falta de anotación del mes correspondiente o de la unidad o repartición de procedencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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