° La suma anterior se tomará del Capítulo 75, artículo 715 del Presupuesto de Gastos de la actual vigencia, y será manejada de acuerdo con las disposiciones del Decreto 2880 del 9 de agosto de 1952, y de las reglamentaciones que dictó la Contrataría General de la República en desarrollo del citado Decreto.
Decreto 3103 de 1952 →Vigente
Artículo 2
La Suma Anterior Se Tomará Del Capítulo 75, Artículo 715 Del Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia, Y Será Manejada De Acuerdo Con Las Disposiciones Del Decreto 2880 Del 9 De Agosto De 1952, Y De Las Reglamentaciones Que Dictó La Contrataría General De La República En Desarrollo Del Citado Decreto
Decreto 3103 de 1952 · Por el cual se autoriza un giro de cien mil pesos ($100.000) a la Junta Cívica de Turismo de Cartagena, para obras permanentes de índole tutistico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.