Micelio

Artículo 19

Cálculo De La Frase De Retención En La Fuente Para Retiros: Los Retiros Con Fines Diferentes A Los Pensionales, De Sumas Aportadas A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores, Están Sometidos A Retención En La Fuente Por La Entidad Que Efectúe El Desembolso

Decreto 163 de 1997 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 223 de 1995 y la Ley 100 de 1993 en los aspectos tributarios relacionados con el Sistema General de Seguridad Social y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cálculo de la frase de retención en la fuente para retiros: Los retiros con fines diferentes a los pensionales, de sumas aportadas a que se refieren los artículos anteriores, están sometidos a retención en la fuente por la entidad que efectúe el desembolso. Para el cálculo de la retención en la fuente aplicable a dichos retiros se seguirá el siguiente procedimiento

a)

Se determina la proporción existente entre las unidades retiradas y el total de las unidades aportadas que no fueron objeto de retención;

b)

El porcentaje obtenido de conformidad con el literal anterior, se aplicará al saldo acumulado en las unidades de la cuenta de control "Retenciones contingentes por retiro de saldos";

c)

El valor resultante de la operación anterior, se multiplica por el valor de la unidad vigente para las operaciones de la fecha de retiro y constituye el monto de la retención a practicar al afiliado. La entidad que practique la retención deberá contabilizar el valor retenido en su cuenta "Retención en la fuente por pagar" y procederá a actualizar la respectiva cuenta control disminuyendo su saldo. La cuenta de control "Retenciones contingentes por retiro de saldos", se cancelará una vez se cumplan los requisitos exigidos para acceder a la pensión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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