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Artículo 18

Son Funciones De La Sección De Registro, Archivo Y Biblioteca: A) Llevar El Registro General De Las Sociedades Que Son Objeto De Vigilancia Por Parte De La Superintendencia

Decreto 1631 de 1961 · Por el cual se aprueba la Resolución número 588, del 17 de junio del mismo año, originaria de la Superintendencia de Sociedades Anónimas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Registro, Archivo y Biblioteca

a)

Llevar el registro general de las sociedades que son objeto de vigilancia por parte de la Superintendencia.

b)

Orientar al público sobre la ubicación y funciones de las diversas dependencias de la entidad.

c)

Recibir, registrar, distribuir, recoger y despachar la correspondencia.

d)

Recoger y distribuir las comunicaciones internas.

e)

Radicar los documentos de valor.

f)

Organizar y controlar el servicio de mensajeros.

g)

Organizar v mantener al día el archivo general.

h)

Facilitar a los Superintendentes y a los Jefes de Sección los documentos y copias que soliciten. 1) Expedir, de acuerdo con la ley y los reglamentos, copias de los documentos del archivo. j) Responder por la guarida y conservación de todos los documentos del archivo. k) Organizar la Biblioteca General de la Superintendencia. 1) Aplicar sistemas técnicos en el manejo de Biblioteca. m) Organizar un índice de publicaciones periódicas, seleccionadas, tanto nacionales como extranjeras, que se refieran a materias de interés para la Superintendencia. n) Elaborar un programa anual de adquisiciones de libros, según las sugerencias de los Jefes de Sección. o) Reglamentar y coordinar el uso de las publicaciones. p) Organizar el servicio de préstamo de obras científicas y .publicaciones periódicas. q) Responder por el buen estado y conservación de la Biblioteca. Sección de Proveeduría y Mantenimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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