Micelio

Artículo 1

Decreto 1352 de 1969 · Por el cual se delegan unas funciones y se reglamenta la composición y atribuciones de las Juntas de Escalafón

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Delégase en los Gobernadores de los Departamentos y en el Alcalde del Distrito Especial de Bogotá previo concepto de la respectiva Junta de escalafón, la inscripción y ascenso de maestros en el escalafón de enseñanza primaria y profesores en el escalafón de enseñanza secundaria, que hubieren adquirido este derecho por haber obtenido el titulo docente exigido por las normas legales vigentes en un establecimiento educativo aprobado por el Gobierno Nacional.

Parágrafo

De conformidad con el artículo 42 del decreto ley 3157 de 1968 el Ministerio de Educación Nacional seguirá conociendo de los negocios atinentes a la inscripción y ascenso de maestros en los escalafones de enseñanza primaria y secundaria que no queden comprimidos dentro de esta delegación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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