º Antes del vencimiento de los plazos señalados en los artículos anteriores, el Gobierno revisará nuevamente el índice de precios al consumidor de todos los productos, con el objeto de determinar la procedencia de prorrogar o modificar el presente Decreto.
Decreto 868 de 1991 →Vigente
Artículo 3
º Antes Del Vencimiento De Los Plazos Señalados En Los Artículos Anteriores, El Gobierno Revisará Nuevamente El Índice De Precios Al Consumidor De Todos Los Productos, Con El Objeto De Determinar La Procedencia De Prorrogar O Modificar El Presente Decreto
Decreto 868 de 1991 · por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.