° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente: MINISTERIO'DE GOBIERNO Capítulo 18 Del articulo l66-bis. Para la compra de automóviles, máquinas de escribir, archivadores metálicos, guías y membretes para los mismos, muebles, revólveres, lupas, cámaras fotográficas, y demás, clamamos necesarios y otros gastos de la Oficina de Seguridad del Departamento de investigación e Identificación de 1a Policía Nacional en Bogotá, de las Oficinas de Seguridad, Identificación y Extranjería de Barranquilla, Barrancabermeja, Barranquilla, Cali, Cúcuta, Quibdó, San Andrés y Providencia, Leticia y Puerto'. Carreño, en el año 10.000.00 Capítulo 18: Al artículo 147. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la Policía Nacional, en el año $10.000 .00
Decreto 1914 de 1942 →Vigente
Artículo 1
Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Vigente: Ministerio'de Gobierno Capítulo 18 Del Articulo L66-Bis
Decreto 1914 de 1942 · Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto Vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.