Micelio

Artículo 4

Ley 83 de 1923 · Por la cual se crea la Oficina General del Trabajo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Oficina General del Trabajo procederá inmediatamente a recoger cuantas informaciones considere necesarias a fin de que rinda al Ministro y sea incorporado en la respectiva Memoria de éste al Congreso, un informe completo sobre la materia, para que sirva de base a la expedición de una ley que tienda a mejorar moral y materialmente de vida de los trabajadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1923