Micelio

Artículo 4

Decreto 1243 de 1967 · por el cual se aprueban, con modificaciones, los Decretos números 12, 15, 16, 17 y 18 de1967, originarios de la Intendencia Nacional de Caquetá.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto . El Decreto número 17 de 1967 (enero 18), de la Intendencia Nacional del Caquetá, quedará así: DECRETO NUMERO 17 DE 1967 (enero 18) por el cual se crea la Inspección de Policía Intendencial de Puerto Torres. El Intendente Nacional del Caquetá, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el sitio denominado Puerto Torres, en la jurisdicción del Municipio de Belén, ha adquirido gran importancia y se ha formado una concentración, despoblación que requiere la inmediata y permanente asistencia de la autoridad y Que en guarda de la buena Administración Pública, para atender al orden, paz y convivencia ciudadanos, a la vez que para buscar el desarrollo de sitios como el mencionado anteriormente, el Decreto número 2451 de 1943, prevé el establecimientos de Inspecciones Rurales de Policía. DECRETA: Artículo primero . Créase a partir del l9 de Junio de 1967; la Inspección Intendencial de Policía de Puerto Torres, la cual funcionará en el sitio del mismo nombre, dentro de la jurisdicción del Municipio de Belén, con los siguientes límites territoriales: "Por el Oriente partiendo de la desembocadura de la quebrada El Azabache en el río Pescadon éste aguas abajo hasta donde desemboca en el río Fragua; por el Sur, rio Fragua, aguas arriba hasta la desembocadura en éste, del rio San Pedro, y éste aguas arriba hasta la desembocadura de la quebrada Aguaclara; por el Occidente, de la desembocadura de la quebrada Aguaclara, pasando por la cabecera de la quebrada La Chuzcaloza, en línea recta a encontrar la finca de Alonso Buitrago, en la desembocadura de la quebrada La Fortuna, en el río Fragua; por el Norte, de este punto en línea recta a encontrar la Escuela San Isidro sobre la quebrada Tortuga, y por último en línea recta a encontrar la desembocadura de la quebrada Azabache en el río Pescado, punto de partida'". Artículo segundo . La Inspección Intendencial de Policía de Puerto Torres será atendida por un Inspector y un Secretario, que tendrán asignaciones mensuales de $1.000.00 y $800.00 respectivamente, para lo cual en el presupuesto intendencial de la actual vigencia se han hecho las apropiaciones necesarias. Artículo tercero . Este Decreto requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional".

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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