De los centros toxicológicos. Las Direcciones Seccionales de Salud establecerán Centros Toxicológicos, de acuerdo con las Normas del Ministerio de Salud, para propósitos de atender adecuada y oportunamente los casos de intoxicación individual o colectiva y facilitar las labores de información, investigación, análisis, educación, capacitación y divulgación sobre el manejo de plaguicidas y otras sustancias potencialmente tóxicas.
Decreto 1843 de 1991 →Vigente
Artículo 169
De Los Centros Toxicológicos
Decreto 1843 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.