Micelio

Artículo 32

Para Participar En Las Asambleas, Los Tenedores Deberán Exhibir Los Títulos, Salvo Que Estos Sean Nominativos, Caso En El Cual La Inscripción En El Libro Correspondiente Constituye Prueba Suficiente De Su Carácter

Decreto 1998 de 1972 · Por el cual se dictan disposiciones sobre emisión de bonos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para participar en las asambleas, los tenedores deberán exhibir los títulos, salvo que estos sean nominativos, caso en el cual la inscripción en el libro correspondiente constituye prueba suficiente de su carácter.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1998 de 1972