Articulo 5º El Administrador de Hacienda Nacional de Santa Marta estará encargado del manejo de los dineros que gire el Ministerio de Obras Públicas en cumplimiento de la Ley 24 do 1935; efectuará los pagos de los comprobantes que le presente la Gobernación del Departamento con el correspondiente visto bueno de la Junta a que se refiere el presente Decreto y rendirá a la Contraloría General de la República la cuenta comprobada de tales pagos.
Artículo 5
El Administrador De Hacienda Nacional De Santa Marta Estará Encargado Del Manejo De Los Dineros Que Gire El Ministerio De Obras Públicas En Cumplimiento De La Ley 24 Do 1935; Efectuará Los Pagos De Los Comprobantes Que Le Presente La Gobernación Del Departamento Con El Correspondiente Visto Bueno De La Junta A Que Se Refiere El Presente Decreto Y Rendirá A La Contraloría General De La República La Cuenta Comprobada De Tales Pagos
Decreto 1945 de 1935 · Por el cual se reglamenta la Ley 24 de 1935, que dispone la reconstrucción de algunos edificios de particulares pobres en el Departamento del Magdalena, abre un crédito adicional y da unas autorizaciones al Gobierno
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.