El Ministerio de la Economía Nacional abrirá con las sumas apropiadas para una vigencia fiscal, y que no hayan podido invertirse en ellas; una cuenta especial en el Banco de la República, cuyo monto se destinará para cubrir los aportes de la Nación en las obras mencionadas.
Artículo 15
El Ministerio De La Economía Nacional Abrirá Con Las Sumas Apropiadas Para Una Vigencia Fiscal, Y Que No Hayan Podido Invertirse En Ellas; Una Cuenta Especial En El Banco De La República, Cuyo Monto Se Destinará Para Cubrir Los Aportes De La Nación En Las Obras Mencionadas
Decreto 1112 de 1939 · Por el cual se reglamenta en parte la Ley 126 de 1938, sobre suministro de luz y fuerza eléctrica a los Municipios, adquisición de empresas de energía eléctrica, de teléfonos y de acueductos, e intervención del Estado en la prestación de los servicios de las mismas empresas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.