Se considera como falta toda violación a los Reglamentos u órdenes relativas al servicio, y toda acción u omisión que implique incumplimiento del deber profesional o transgresión de las normas que consagran la moral y las buenas costumbres. CAPITULO II Clasificación de las faltas.
Decreto 85 de 1989 →Vigente
Artículo 64
Se Considera Como Falta Toda Violación A Los Reglamentos U Órdenes Relativas Al Servicio, Y Toda Acción U Omisión Que Implique Incumplimiento Del Deber Profesional O Transgresión De Las Normas Que Consagran La Moral Y Las Buenas Costumbres
Decreto 85 de 1989 · Por el cual se reforma el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.