Micelio

Artículo 34

Agencia Regional De Seguridad Alimentaria Y Comercialización

Ley 2199 de 2022 · Por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Región Metropolitana podrá transferir sus funciones a la Agencia de Comercialización e Innovación del departamento de Cundinamarca para que actúen transitoriamente como Agencia Regional de Seguridad Alimentaria y Comercialización, hasta el 31 de diciembre de 2023, o hasta la fecha en que el Consejo Regional decida extender ese plazo.

Cuando la Agencia de Comercialización e Innovación del departamento de Cundinamarca actúe transitoriamente como Agencia Regional de Seguridad Alimentaria y Comercialización, el Consejo Regional actuará como su junta directiva para la consulta y aprobación de sus decisiones.

Para fortalecer los procesos de abastecimiento alimentario y en beneficio de los campesinos de los cinco departamentos que integran la Región Administrativa y de Planeación Especial (RAPE), la Agencia Regional de Seguridad Alimentaria y Comercialización coordinará con los departamentos que la integran esquemas de compra justa, producción y comercialización.

Parágrafo 1

°. El Consejo Regional, una vez entre en vigencia la presente ley, reglamentará el ejercicio de las competencias, funciones y operación de la Agencia Regional de Seguridad Alimentaria y Comercialización.

Patrimonio y mecanismos de financiación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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