Micelio

Artículo 21

Obligatoriedad De Información

Decreto 1148 de 2020 · por el cual se establecen los requisitos sanitarios que faciliten la fabricación e importación de productos y servicios para atender la pandemia por el COVID-19 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligatoriedad de información . En las etiquetas de los productos cosméticos y productos de higiene doméstica fabricados en el país o importados, declarados como vítales no disponibles, se deberá indicar el número de oficio de autorización otorgado por el INVIMA, que no equivale a una Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO). Los titulares de las autorizaciones emitidas por el INVIMA, deberá informar los números de lotes fabricados de acuerdo con el formato establecido por esa Entidad. CAPÍTULO VII Disposiciones Finales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1148 de 2020