La Adquisición De Materiales Y Equipos Provenientes Del Interior Y Del Exterior Del País Que Necesiten Las Entidades, Instituciones Y Agencias Del Subsector Oficial Y Mixto, Deberán Hacerse A Través De Los Mecanismos Del Sistema Nacional De Suministros, Que Funcionará Dentro De La Organización Básica De Dirección Del Sistema Nacional De Salud
Decreto 655 de 1974 · Por el cual se establece el régimen de coordinación y dependencia entre la organización básica de Dirección del Sistema Nacional de Salud y las Instituciones y Agencias que funcionan en los subsectores privado, de la seguridad social y oficial y mixto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La adquisición de materiales y equipos provenientes del interior y del exterior del país que necesiten las Entidades, Instituciones y Agencias del Subsector Oficial y Mixto, deberán hacerse a través de los mecanismos del Sistema Nacional de Suministros, que funcionará dentro de la organización básica de Dirección del Sistema Nacional de Salud.
Parágrafo
La utilización de los materiales y equipos a que se refiere este artículo estará bajo la vigilancia y control del Ministerio de Salud Publica o la Entidad que haga sus veces para que sirva únicamente a la Entidad, Institución o Agencia beneficiaria. SUBSISTEMA NACIONAL D EPERSONAL
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.