Micelio

Artículo 7

°

Decreto 1348 de 1959 · Por el cual se reglamenta el artículo 39, numeral d), de la ley 1ª de 1959, en armonía con los artículos 40, 67 y 68 de la misma ley

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. Los hijos de los diplomáticos colombianos con carácter permanente en el Exterior, que no se encuentres comprendidos en las disposiciones del presente Decreto, tendrán derecho a giros en dólares con certificados de cambio, sin impuestos, en cantidades que no excedan al 50% de las señaladas en el artículo 3°.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1348 de 1959