Micelio

Artículo 3

Decreto 1616 de 1963 · Por medio del cual se ubican parcialmente los empleados del Ministerio de Comunicaciones, dentro de la planta establecida por el Decreto número 987 de 1963

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El personal cuyo cargo cambió de denominación o asignación, sin cambiar las funciones, no requiere nueva posesión. El personal que cambió de ubicación requiere nueva posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1616 de 1963