En el Presupuesto de la próxima vigencia y en los siguientes se apropiará la partida de dos mil pesos para emprender excavaciones en las regiones del Alto Magdalena, San Agustín y Pitalito y para adquirir objetos y utensilios destinados al Museo Nacional de San Agustín.
Ley 103 de 1931 →Vigente
Artículo 4
Ley 103 de 1931 · Por la cual se fomenta la conservación de los monumentos arqueológicos de San Agustín (Huila)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.