Micelio

Artículo 8

De La Oficina De Inspección General

Decreto 625 de 1974 · Por el cual se resisa la organización administrativa del Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De la Oficina de Inspección General. Corresponde a la Oficina de Inspección General desarrollar las siguientes funciones

a)

Controlar el funcionamiento administrativo y operativo del Departamento Administrativo de Seguridad y el cabal cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias;

b)

Adelantar las investigaciones administrativas e investigaciones preliminares de carácter penal a que den lugar las actuaciones irregulares de funcionarios y empleados del Departamento Administrativo de Seguridad;

c)

Adelantar, cuando así lo disponga el Presiden de la República, y sin perjuicio de las funciones que corresponden al Procurador General de la Nación y bajo la dirección de éste, investigaciones administrativas e investigaciones preliminares de carácter penal por actuaciones de funcionarios de otros organismo del Gobierno;

d)

Solicitar, con la previa aprobación del Jefe del Departamento, la designación de investigadores especiales cuando la importancia del asunto lo requiera;

e)

Vigilar la conducta de los empleados del Departamento en cuanto pueda afectar su pulcritud en el desempeño de los cargos;

f)

Inspeccionar las distintas reparticiones del Departamento y rendir al Jefe del Departamento los informes y conceptos sobre la marcha de las mismas. E. SECRETARIA GENERAL Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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