º. De la Oficina de Inspección General. Corresponde a la Oficina de Inspección General desarrollar las siguientes funciones
Controlar el funcionamiento administrativo y operativo del Departamento Administrativo de Seguridad y el cabal cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias;
Adelantar las investigaciones administrativas e investigaciones preliminares de carácter penal a que den lugar las actuaciones irregulares de funcionarios y empleados del Departamento Administrativo de Seguridad;
Adelantar, cuando así lo disponga el Presiden de la República, y sin perjuicio de las funciones que corresponden al Procurador General de la Nación y bajo la dirección de éste, investigaciones administrativas e investigaciones preliminares de carácter penal por actuaciones de funcionarios de otros organismo del Gobierno;
Solicitar, con la previa aprobación del Jefe del Departamento, la designación de investigadores especiales cuando la importancia del asunto lo requiera;
Vigilar la conducta de los empleados del Departamento en cuanto pueda afectar su pulcritud en el desempeño de los cargos;
Inspeccionar las distintas reparticiones del Departamento y rendir al Jefe del Departamento los informes y conceptos sobre la marcha de las mismas. E. SECRETARIA GENERAL Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS