Micelio

Artículo 15

La Superintendencia Nacional De Notariado Y Registro Suministrara A Las Oficinas De Registro De Instrumentos Públicos Y Privados Del País, Los Libros Que Señalan La Ley Para El Cumpliendo De Sus Funciones, Y Recaudara El Valor Correspondiente A Tales Suministros

Decreto 1366 de 1962 · Por el cual se reglamentan la Ley 1a de 1962 y el Decreto legislativo número 3346 de 1959.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia Nacional de Notariado y Registro suministrara a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y Privados del país, los libros que señalan la ley para el cumpliendo de sus funciones, y recaudara el valor correspondiente a tales suministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1366 de 1962