Micelio

Artículo 11

Los Representantes De Los Afiliados Serán Escogidos Y Nombrados Por El Ministro De Comunicaciones De Ternas Que Le Envíen Los Respectivos Sindicados De Comunicaciones Y La Asociación De Pensionados De Comunicaciones Para Periodos De Un (1) Año, A Partir Del (1º) De Agosto De Mil Novecientos Sesenta Y Nueve (1969)

Decreto 1168 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los representantes de los afiliados serán escogidos y nombrados por el Ministro de Comunicaciones de ternas que le envíen los respectivos Sindicados de Comunicaciones y la Asociación de Pensionados de Comunicaciones para periodos de un (1) año, a partir del (1º) de agosto de mil novecientos sesenta y nueve (1969).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1168 de 1969