ARTICULO 33 . La Oficina de Auditoría Interna adelantará las siguientes funciones
Asesorar al Fiscal General, en la definición de la política referida al diseño e implantación de sistemas de control administrativo que contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes áreas de la Fiscalía.
Organizar y coordinar el Funcionamiento de los sistemas de control interno en los distintos niveles territoriales de la Fiscalía General.
Velar porque los diferentes trámites administrativos, financieros, y de contratación se realicen de acuerdo y en cumplimiento de la normatividad vigente.
Diseñar e implantar en coordinaci6n con la Oficina de Métodos y Sistemas, mecanismos de control de la información computarizada disponible en la Fiscalía.
Las demás funciones que le sean asignadas por el Fiscal General o el Secretario General que guarden relación con la naturaleza de la dependencia. CAPITULO IV DE LAS FISCALIAS