º . Del comité directivo. El Comité Directivo del Fondo de Estabilización para el Fomento de la Exportación de Carne, Leche y sus Derivados, estará integrado de la siguiente manera
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo presidirá.
Un representante de la Asociación Nacional de productores de Leche -Analac-.
Un representante de las Cooperativas que decidan participar en el Fondo.
El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA- o su delegado.
El Presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos -Fedegan-.
Un representante de la Unión Nacional de Asociaciones Ganaderas -Unaga-.
Un representante de la Federación Nacional de Fondos Ganaderos -Fedefondos-.
Dos representantes elegidos por la Junta Directiva de la Federación Colombiana de Ganaderos -Fedegan-, uno escogido del sector de carne y otro del sector lechero.
Un representante de los pequeños ganaderos, nombrado por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de ternas presentadas por las asociaciones agrarias campesinas.
Los miembros del Comité Directivo del Fondo de Estabilización para el Fomento de la Exportación de Carne, Leche y sus Derivados que no sean representantes de las entidades estatales tendrán un período de dos (2) años, si renunciaren al Comité o perdieren la calidad de afiliado, asociado o representante de las entidades señaladas en el presente artículo, perderán su calidad de miembros del Comité Directivo y se deberá designar su reemplazo.
El Comité se reunirá ordinariamente cuatro veces al año, y extraordinariamente cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la entidad administradora o tres de sus miembros lo convoquen.